miércoles, 19 de diciembre de 2012

Ley 100 de 1944 o “Ley de Aparcería”


Ley 100 de 1944 o Ley de Aparcería

Reversar los pocos y tímidos avances que había logrado el país en materia de protección al colono frente a los grandes propietarios, volviendo a la aparcería como alternativa de explotación agrícola en beneficio de los segundos.


Legalizó y consideró de alto interés nacional la aparcería, como una importante  concesión a los terratenientes (Kalmanovitz:1991).

Descripción de los propósitos y logros de la leyes agrarias, 1910-1960

La ley 200 de 1936 o ley de tierras


Modificar y modernizar la estructura de tenencia de la tierra. En tal sentido, se proponía:

Solucionar problemas de derechos de propiedad  cuando entraban en conflicto el uso, las formas de tenencia (arrendamiento y aparcería, principalmente) y la posesión de la tierra.

Posibilitar el acceso a la propiedad de los antiguos colonos y arrendatarios de las haciendas dedicadas a la renta ociosa.

Expropiar tierras abandonadas o que presentaran índices de baja productividad.

Ninguno, en materia de redistribución de la gran propiedad ni modificación de esa estructura.

Buscó fortalecer la propiedad privada y  transformar en hacienda capitalista el latifundio improductivo (Gerardo Molina, 1982).

Amenazó con la extinción del dominio a los fundos que no estuvieran  vinculados a la producción.

La Ley de Tierras constituye el punto de partida hacia la formación de un derecho agrario en el país, ya que creó nuevas instituciones jurídicas y transformó otras del derecho civil. (Vanín Tello)

Kalmanovitz: previno a los terratenientes para organizarse y tomar la ofensiva contra ella...
Leyes 185 de 1920 y 47 y 74 de 1926


Ley 185 de 1920: titular hasta  2500 hectáreas para ganadería y 1000 para agricultura.

Ley 47 de 1926: fomenta la colonización de los baldíos.

Ley 74 de  1926: fomento a la agricultura y a la inmigración.

Fortalecimiento y/o la   conformación de los grandes propietarios.

Modifica la ley 71 de 1917  otorgando títulos de propiedad a colonos y cultivadores.

Titulación no superior a 80 hectáreas, fomentando y regulando los procesos de colonización campesina.

Descripción de los propósitos y logros de la leyes agrarias, 1910-1960


Leyes 110 de 1912 y 71 de 1917

Estimular la conformación de pequeños productores campesinos, menores de 20 has. (Ley 110: hasta 10 has, Ley 71: hasta 20 has.) en la prevención de conflictos agrarios.


Legalización de posesiones de hecho de colonos y productores campesinos.

Resultados reales precarios:10.619 hectáreas en 638 adjudicaciones.

LA GESTIÓN DE LAS POLÍTICAS AGRARIAS PREEXISTENTES A LA LEY 135 DE 1961(1910-1960)


LA GESTIÓN DE LAS POLÍTICAS AGRARIAS PREEXISTENTES A LA LEY 135 DE 1961(1910-1960)



Escenario Existente:

Una alta presión sobre la tierra, fundamentalmente sobre la ubicada en el corazón de la colonización cafetera.

Actuación sobre los conflictos que ya se presentaban entre pequeños colonos y terratenientes por la posesión de tierras que los primeros habían abierto a la producción.

Una composición del Estado Oligárquico de esa época que no permitía tocar las tierras de propiedad privada.



Ambito de actuación: los baldíos nacionales como la válvula de escape para satisfacer las demandas sociales por apropiación de nuevas tierras, demandas que favorecieron tanto a campesinos empobrecidos como a terratenientes.

PERÍODOS HISTÓRICOS OBJETO DE ANÁLISIS


PERÍODOS HISTÓRICOS OBJETO DE ANÁLISIS



 Si bien la Reforma Agraria se expresa jurídicamente en Colombia en la Ley 135 de 1961 y crea al Incora como ente administrativo para su ejecución, para fines del presente análisis se registran dos lecturas sobre la gestión y logros de la Reforma Agraria, asociadas a dos períodos históricos:

Antes de la Ley 135 de 1961 (Período 1910-1960)

Y a partir de la Ley 135 de 1961 (Período 1960-2004).

Estos períodos, no obstante asumir una característica común: la evidencia de conflictos agrarios y la presión por la demanda de la tierra, sus propósitos de políticas agrarias son diferenciados:

En el primer período se enfatiza sobre la recomposición de la tenencia de la tierra con base en los baldíos nacionales a través de la legalización de la posesión de hecho y la titulación a colonos, aparceros y arrendatarios.

En el segundo período, y a partir de la ley 135, los énfasis son redistributivos y eficientistas, en tanto la afectación de la gran propiedad y la modernización agrícola.