miércoles, 19 de diciembre de 2012

Ley 100 de 1944 o “Ley de Aparcería”


Ley 100 de 1944 o Ley de Aparcería

Reversar los pocos y tímidos avances que había logrado el país en materia de protección al colono frente a los grandes propietarios, volviendo a la aparcería como alternativa de explotación agrícola en beneficio de los segundos.


Legalizó y consideró de alto interés nacional la aparcería, como una importante  concesión a los terratenientes (Kalmanovitz:1991).

Descripción de los propósitos y logros de la leyes agrarias, 1910-1960

La ley 200 de 1936 o ley de tierras


Modificar y modernizar la estructura de tenencia de la tierra. En tal sentido, se proponía:

Solucionar problemas de derechos de propiedad  cuando entraban en conflicto el uso, las formas de tenencia (arrendamiento y aparcería, principalmente) y la posesión de la tierra.

Posibilitar el acceso a la propiedad de los antiguos colonos y arrendatarios de las haciendas dedicadas a la renta ociosa.

Expropiar tierras abandonadas o que presentaran índices de baja productividad.

Ninguno, en materia de redistribución de la gran propiedad ni modificación de esa estructura.

Buscó fortalecer la propiedad privada y  transformar en hacienda capitalista el latifundio improductivo (Gerardo Molina, 1982).

Amenazó con la extinción del dominio a los fundos que no estuvieran  vinculados a la producción.

La Ley de Tierras constituye el punto de partida hacia la formación de un derecho agrario en el país, ya que creó nuevas instituciones jurídicas y transformó otras del derecho civil. (Vanín Tello)

Kalmanovitz: previno a los terratenientes para organizarse y tomar la ofensiva contra ella...
Leyes 185 de 1920 y 47 y 74 de 1926


Ley 185 de 1920: titular hasta  2500 hectáreas para ganadería y 1000 para agricultura.

Ley 47 de 1926: fomenta la colonización de los baldíos.

Ley 74 de  1926: fomento a la agricultura y a la inmigración.

Fortalecimiento y/o la   conformación de los grandes propietarios.

Modifica la ley 71 de 1917  otorgando títulos de propiedad a colonos y cultivadores.

Titulación no superior a 80 hectáreas, fomentando y regulando los procesos de colonización campesina.

Descripción de los propósitos y logros de la leyes agrarias, 1910-1960


Leyes 110 de 1912 y 71 de 1917

Estimular la conformación de pequeños productores campesinos, menores de 20 has. (Ley 110: hasta 10 has, Ley 71: hasta 20 has.) en la prevención de conflictos agrarios.


Legalización de posesiones de hecho de colonos y productores campesinos.

Resultados reales precarios:10.619 hectáreas en 638 adjudicaciones.

LA GESTIÓN DE LAS POLÍTICAS AGRARIAS PREEXISTENTES A LA LEY 135 DE 1961(1910-1960)


LA GESTIÓN DE LAS POLÍTICAS AGRARIAS PREEXISTENTES A LA LEY 135 DE 1961(1910-1960)



Escenario Existente:

Una alta presión sobre la tierra, fundamentalmente sobre la ubicada en el corazón de la colonización cafetera.

Actuación sobre los conflictos que ya se presentaban entre pequeños colonos y terratenientes por la posesión de tierras que los primeros habían abierto a la producción.

Una composición del Estado Oligárquico de esa época que no permitía tocar las tierras de propiedad privada.



Ambito de actuación: los baldíos nacionales como la válvula de escape para satisfacer las demandas sociales por apropiación de nuevas tierras, demandas que favorecieron tanto a campesinos empobrecidos como a terratenientes.

PERÍODOS HISTÓRICOS OBJETO DE ANÁLISIS


PERÍODOS HISTÓRICOS OBJETO DE ANÁLISIS



 Si bien la Reforma Agraria se expresa jurídicamente en Colombia en la Ley 135 de 1961 y crea al Incora como ente administrativo para su ejecución, para fines del presente análisis se registran dos lecturas sobre la gestión y logros de la Reforma Agraria, asociadas a dos períodos históricos:

Antes de la Ley 135 de 1961 (Período 1910-1960)

Y a partir de la Ley 135 de 1961 (Período 1960-2004).

Estos períodos, no obstante asumir una característica común: la evidencia de conflictos agrarios y la presión por la demanda de la tierra, sus propósitos de políticas agrarias son diferenciados:

En el primer período se enfatiza sobre la recomposición de la tenencia de la tierra con base en los baldíos nacionales a través de la legalización de la posesión de hecho y la titulación a colonos, aparceros y arrendatarios.

En el segundo período, y a partir de la ley 135, los énfasis son redistributivos y eficientistas, en tanto la afectación de la gran propiedad y la modernización agrícola.

Reforma Agraria


La Reforma Agraria en el país, después de 42 años de su gestión, no cumplió con el propósito de redistribución de la tierra.

La Reforma Agraria colombiana ha sido de tipo marginal, dado su mayor énfasis sobre la colonización de territorios baldíos en la periferia.

Después de 42 años, la  Reforma Agraria sólo  ha beneficiado el 11.0% de las familias potenciales estimadas por el Comité Interamericano de Desarrollo Agrícola-CIDA a principios de los años 60, calculadas en 961.000.

La Reforma Agraria, principal soporte del desarrollo rural, no ha contribuido al mejoramiento económico y social de la población rural campesina.

Las distintas leyes operadas se han movido dentro de un proceso de avance-retroceso, en tanto cada ley, con una iniciativa clara de reforma agraria, fue alternada con una ley de contrarreforma.

La Reforma Agraria no se expresó ni en la modernización productiva, ni en el logro de bienestar económico y social de las familias campesinas beneficiarias.