miércoles, 19 de diciembre de 2012

Reforma Agraria


La Reforma Agraria en el país, después de 42 años de su gestión, no cumplió con el propósito de redistribución de la tierra.

La Reforma Agraria colombiana ha sido de tipo marginal, dado su mayor énfasis sobre la colonización de territorios baldíos en la periferia.

Después de 42 años, la  Reforma Agraria sólo  ha beneficiado el 11.0% de las familias potenciales estimadas por el Comité Interamericano de Desarrollo Agrícola-CIDA a principios de los años 60, calculadas en 961.000.

La Reforma Agraria, principal soporte del desarrollo rural, no ha contribuido al mejoramiento económico y social de la población rural campesina.

Las distintas leyes operadas se han movido dentro de un proceso de avance-retroceso, en tanto cada ley, con una iniciativa clara de reforma agraria, fue alternada con una ley de contrarreforma.

La Reforma Agraria no se expresó ni en la modernización productiva, ni en el logro de bienestar económico y social de las familias campesinas beneficiarias.

REFORMA AGRARIA COLOMBIA

El impacto de las reformas agrarias en Colombia no ha sido positivo en términos de ingreso, porque no se ha satisfecho la condición de acceso al crédito formal. No ha sido positivo en términos de calidad de vida, porque no se han satisfecho las condiciones de acceso a capacitación y educación. Las reformas agrarias sólo han consistido en la redistribución de la tierra, por lo que se ha tenido un impacto negativo sobre la calidad de vida de los beneficiarios de estas reformas

El Frente nacional fue una coalición política y electoral colombiana entre liberales y conservadores vigente entre 1958 y 1974. Por extensión también se refiere al período histórico de dichos años. La principal característica de este período fue el acuerdo de igualdad entre los dos partidos durante este proceso, ya que planteaba que estos se alternaran la presidencia durante sus 16 años de duración y una idéntica cantidad de parlamentarios liberales y conservadores en el Congreso. El principal objetivo de este acuerdo político era la reorganización del país luego del período presidencial del general Gustavo Rojas Pinilla.[1]

Los presidentes durante el Frente Nacional fueron:


Alberto Lleras Camargo se propone repartir la tierra, pero no se cumplen los objetivos. La Violencia desnudó el problema. La pobreza entre los campesinos y la concentración de tierra en pocas manos son un caldo de cultivo para los grupos armados.

Por eso, la necesidad de superar la guerra y la entrada en vigencia de la Alianza para el Progreso comprometieron al Gobierno a llevar a cabo la reforma agraria.

La reforma se reglamentó a través de la Ley 135 de 1961. Busca disminuir la concentración de tierras improductivas y modificar la estructura de la propiedad rural, aumentar la productividad del campo y elevar el nivel de vida de los campesinos.

El reto es grande: según cifras del Ministerio de Agricultura, en 1960 el 0,4 por ciento de las unidades productivas concentraban el 40 por ciento de la tierra.

Para ello, la ley creó el Instituto Colombiano de Reforma Agraria (Incora). Sus funciones son comprar o expropiar tierras improductivas para cedérselas a campesinos que las trabajen, titular las tierras invadidas y definir los derechos indígenas sobre sus territorios.

La reforma agraria tendrá que superar los escollos que le pondrán los grandes terratenientes, que ven en ella una amenaza a sus hegemonías rurales y a sus formas de generar riqueza.

Por su parte, los grupos de izquierda afirmarán que la medida es "blanda" y no cambiará la estructura de la propiedad.

Entre 1962 y 1967, el Incora intervendrá en total 1'671.221 hectáreas, beneficiando a 61.217 familias. Sus mayores beneficiarios serán los invasores, que finalmente tendrán derecho legal a la tierra que ocupan y trabajan; y los indígenas, que blindarán ante la ley sus territorios ancestrales.

Pero la izquierda tendrá razón, la reforma no cambiará la estructura de la propiedad y el Incora no logrará impactar la concentración de la tierra.

Pese a ello, la reforma pasará a la historia como el primer gran intento.

 

 

Bombardeo en el Tolima

La "república independiente" de Marquetalia (Tolima), como la llamaban en Bogotá, estaba en la mira del Ejército. Era un refugio de ex guerrilleros que se dedicaban a la producción agrícola, pero que no entregaron sus armas.

En el marco del llamado Plan Lazo, Guillermo León Valencia puso en marcha en 1964 la llamada "Operación Soberanía" contra la zona. Cuatro comandos de diez rebeldes cada uno enfrentaron a 2.400 soldados del Ejército, todos sus helicópteros y casi todos sus aviones de combate. La zona cayó en manos oficiales, pero no así los combatientes.

Tras la operación, los líderes rebeldes se reunieron en Riochiquito (Tolima) y, el 20 de julio de 1964, proclamaron la Primera Conferencia del Bloque Sur.

En ella afirman que persiguen "la vía armada para la lucha por el poder" contra el Gobierno y "los imperialistas yanquis". Entre los firmantes estaba Pedro Antonio Marín -alias 'Tirofijo' o 'Manuel Marulanda Vélez'-, Isauro Yosa y Darío Lozano.

El Ejército atacó Riochiquito en 1965. Tal como la primera vez, sus líderes no cayeron y se reunieron cuando la tensión bajó.

En ese segundo encuentro, que terminó el 5 de mayo de 1966, se proclamó el nacimiento de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (Farc).

Epl, disidencia comunista

Muchos comunistas de todo el mundo no se tomaron bien el liderazgo de Nikita Kuschev y lo acusaron de revisionista. En Colombia, se conformó una disidencia del Partido Comunista (PCC) que abogaba por la necesidad de hacer la revolución armada.

Al calor de la Revolución Cubana, Pedro Hernando Vásquez Rendón acusó al PCC de ser un "partido burgués" por "esperar la revolución" y no generarla, tras lo cual fundó en 1965 el Partido Comunista Colombiano Marxista-Leninista. El brazo armado de esa disidencia sería el Ejército Popular de Liberación (Epl).

El Epl decide iniciar operaciones en las riveras de los ríos Sinú y San Jorge, en el noroccidente del país. En la finca de un guerrillero llamado Luis Manco, la guerrilla conformó un nucleo insurgente.

En 1968, adelantó la primera acción militar al asesinar a un terrateniente llamado Orlando Marchena, quien, según los guerrilleros, tenía "una trayectoria de muertes y enfrentamientos con los campesinos".

Eln: De Cuba a Santander

En plena crisis de los misiles en 1962, un grupo de 60 jóvenes colombianos estaba en Cuba por una beca. Pese a que la invasión a la isla parecía inminente, 22 de ellos decidieron quedarse y recibir entrenamiento militar.

La crisis se conjuró, pero siete de ellos se quedaron a recibir entrenamiento adicional por ocho meses. Cuando regresaron al país, conformaron la 'Brigada Proliberación José Antonio Galán' bajo el mando de Fabio Vásquez Castaño (foto). Su objetivo es hacer la revolución en Colombia.

La Brigada decide centrar su actividad en Santander. Aprovechando las huelgas petroleras y lo que quedó de las antiguas guerrillas, se conformó un foco insurgente en una finca de San Vicente de Chucurí.

Ese grupo marchó al Cerro de los Andes para recibir entrenamiento y constituir el Ejército de Liberación Nacional (Eln), fundado el 4 de julio de 1964.

El Eln realiza su primera acción militar al tomarse el municipio de Simacota (Santander) el 7 de enero de 1965. Ese día, 22 guerrilleros asesinaron a cinco policías, tras lo cual robaron. Una niña murió al parecer por una bala perdida, mientras que el Eln sufrió una baja y dos deserciones.

El intermediario

El general Álvaro Valencia Tovar fue considerado como el mejor estratega contraguerrillero del país. Y siempre intentó dialogar con las guerrillas y tender puentes.

-Cifra: 6 núcleos guerrilleros fueron establecidos por las Farc tras la Segunda Conferencia, en 1966.

1.      Ley 200 de 1936, cuyas motivaciones se centraron en la explotación económica de los predios de manera obligatoria, otorgando el derecho de dominio sobre los mismos o su restitución al Estado, y reconociendo el derecho de los trabajadores rurales al dominio de las tierras
2.      Ley 100 de 1944, que calificó a los contrato de arrendamiento y de aparcería como de utilidad pública y decretó la ampliación de diez a quince años como causal de restitución al Estado de los predios no explotados
3.      Ley 135 de 1961, creó el Comité Nacional Agrario, conformado por representantes de los partidos políticos, del Congreso, la Iglesia católica y las Fuerzas Armadas se fundamentaba en tres lineamientos estratégicos para adelantar el proceso de reforma agraria en Colombia:




a. dotación de tierras a campesinos carentes de ellas;
 
b. adecuación de tierras para incorporarlas a la producción, y

c. dotación de servicios sociales básicos y otros apoyos complementarios.

Se crea el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria (INCORA), como establecimiento público encargado de la gestión en la materia, organismos como el Consejo Nacional Agrario, el Fondo Nacional Agrario (FNA) y la figura de los Procuradores Agrarios.

4. Ley 1ª de 1968 ley, conocida también como de Arrendatarios y Aparceros, contribuyó a agilizar los trámites y procedimientos y fijó nuevos causales de expropiación. Además, sirvió para reglamentar la Unidad Agrícola Familiar (UAF) a fin de proteger y regular la tenencia y explotación de las porciones de tierra distribuidas individualmente a los campesinos beneficiarios, principalmente en lo relacionado con su venta o transferencia.

5. Ley 4ª de 1973, la reducción de los trámites de adquisición de tierras a través de negociaciones directas, la agilización de la adjudicación de tierras a los beneficiarios y el establecimiento de la renta presuntiva agrícola, como una manera de ejercer presión a favor del uso productivo de la tierra y penalizar su apropiación improductiva.
6. Ley 5ª de 1973, mediante la cual se estableció un sistema de financiamiento para el agro a través del Fondo Financiero Agropecuario,

7. Ley 6ª de 1975 sobre aparcería, la cual reformó la Ley 1ª de 1968.

8. Ley 35 de 1982, conocida también como Ley de Amnistía el INCORA fue encargado de la dotación de tierras y provisión de otros servicios a las personas indultadas.

9. Ley 30 de 1988 que en términos generales fija como lineamientos: lograr una acción más coordinada de las instituciones gubernamentales; elevar el nivel de vida de la población campesina; simplificar los trámites para la adquisición y dotación de tierras a los campesinos, eliminando la calificación de las tierras, y proveer una mayor cantidad de recursos al INCORA para el desarrollo de los programas de su competencia.

10. Ley 160 de 1994, El principal cambio consiste en dinamizar la redistribución introduciendo el concepto de propiedad a través del mercado de tierras, mediante un subsidio para la compra directa por parte de los campesinos, El énfasis institucional se centra en facilitar la negociación directa entre propietarios y campesinos.

Cambio institucional – Incoder (2003-2010)

El cambio institucional es promovido por el Decreto 1300 de 2003, por el cual el Incora fue suprimido y reemplazado por el Instituto Colombiano para el Desarrollo Rural (Incoder). El objeto fundamental de esta institución es ejecutar la política agropecuaria y de desarrollo rural, facilitar el acceso a los factores productivos, fortalecer a las entidades territoriales y sus comunidades y propiciar la articulación de las acciones institucionales en el medio rural, bajo principios de competitividad, equidad, sostenibilidad, multifuncionalidad y descentralización, para contribuir a mejorar la calidad de vida de los pobladores rurales y al desarrollo socioeconómico del país. Este decreto se consolidó a través de la Ley 1152 de 2007, la cual presentó modificaciones de forma y dio lugar a más disposiciones sobre RA (Palou, 2008).

La RA, a través del mercado de tierras, continuó con esta ley, pero se estableció un subsidio integral para la compra de tierras, con cargo al presupuesto del Incoder. Los beneficiarios del subsidio deben ser trabajadores agrarios de tradición, que se hallen en condiciones de pobreza o marginalidad, que sus ingresos deriven de la actividad agropecuaria pesquera y/o forestal y carezcan de tierra propia o tuvieren la condición de minifundistas y requieran ampliar el tamaño de su producción (Benítez, 2005).

El Gobierno Nacional estableció el monto del subsidio, el cual es un valor único por UAF, es decir, que puede cubrir hasta el 100% del valor de la tierra y los requerimientos financieros del proyecto, según las condiciones socioeconómicas de los beneficiarios potenciales del subsidio. Con esta ley, el concepto de UAF varía nuevamente; esta vez, como la empresa básica de producción agrícola, pecuaria, acuícola o forestal, cuya extensión permite con su proyecto productivo y tecnología adecuados, generar como mínimo dos salarios mínimos legales mensuales vigentes, ello permite a la familia remunerar su trabajo y disponer de un excedente capitalizable que coadyuve a la formación de su patrimonio (Balcazar et ál., 2001).

El concepto de RA en esta fase se mantiene en el mercado de tierras como mecanismo para afectar la estructura agraria; sin embargo, varían las condiciones en las que se subsidia, de forma total o parcial por El estado, y la coordinación, que esta vez es realizada por el Incoder. En la figura 1 se muestran los diferentes hitos históricos relevantes —en los ámbitos económico, social y político— que contextualizan a los once períodos de la RA anteriormente descritos y que han permitido su caracterización y relacionarlos con la realidad del momento.




Mercado de tierras (1994-2002)

Hasta este período, las leyes de RA hacían énfasis en la expropiación de terrenos baldíos y dotación de manera gratuita a los campesinos sin tierra; sin embargo, con la Ley 160 de 1994 se realizaron cambios profundos en el concepto de RA tradicional o clásico, y se pasó a un mecanismo en el que la propiedad se adquiría a través de la compra directa por parte de los campesinos, donde el 70% del costo provenía de los campesinos y el restante 30% podía provenir de una línea de crédito especial de los intermediarios financieros, con el requisito de presentar un proyecto productivo, o de recursos propios (Fajardo, 2002).

En este caso, el Incora se comportaba como mediador del proceso de negociación entre propietarios y campesinos, y también le correspondió coordinar las acciones de los organismos que integraron el Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural Campesino, creado como mecanismo de planeación, coordinación, ejecución y evaluación de las actividades dirigidas a la prestación de los servicios relacionados con el desarrollo de la economía campesina y la promoción del acceso de los trabajadores agrarios a la propiedad de la tierra.

Según Benítez (2005), el compromiso del Incora y del Estado fue escaso; la participación se limitó a la mediación para la compra de tierras y a la entrega del subsidio, respectivamente. La UAF es redefinida como empresa básica de producción agrícola, pecuaria, acuícola o forestal, cuya extensión, conforme con las condiciones agroecológicas de la zona y con tecnología adecuada, permitió a la familia remunerar su trabajo y disponer de un excedente capitalizable que coadyuvara a la formación de su patrimonio (Balcazar et ál., 2001).

El concepto de RA en esta fase consistió en un mecanismo para afectar la estructura agraria, a través de la redistribución de tierras por mercado, es decir, mediante la compra directa de tierras por parte de los campesinos, subsidiada de forma parcial por el Estado y mediada por la acción institucional del Incora.