miércoles, 19 de diciembre de 2012

Evolución de la reforma agraria en Colombia


La vida agraria precolombina (1200-1498)

Este período se toma desde el año 1200 hasta la conquista española. Según Melo (1996), las culturas indígenas colombianas más complejas se formaron a partir de este año, hasta la intervención cultural española. Las jerarquías o cazicazgos, la eficiente estructura político-administrativa, ciudades monumentales, obras de arte incontables, tradiciones orales e inmateriales, revelan el nivel de desarrollo que alcanzaron estas civilizaciones.

Sobre la existencia de tenencia de la tierra hay referencias que exponen la propiedad comunitaria indígena, en tanto otras se refieren a la existencia de propiedad privada de herencia familiar, de acuerdo con la comunidad indígena. Algunos plantean la presencia del derecho de propiedad: Mártir (1964, citado por Séjouré, 1994) resume el derecho de propiedad de la siguiente manera:

Es cosa averiguada que aquellos indígenas poseen en común tierra, como la luz del sol y como el agua, y que desconocen las palabras “tuyo” y “mío”, semilleros de todos los males. Hasta tal punto se contentan con poco, que en la comarca que habitan antes sobran campos que falta nada a nadie. Viven en plena edad de oro y no rodean sus propiedades con fosos, muros ni setos.

Habitan en huertos abiertos, sin leyes, ni libros y sin jueces, y observan lo justo por instinto natural. Consideran malo y criminal al que se complace en ofender a otro. Mendoza (1998) afirma que los indígenas no demarcaban o delimitaban la propiedad de la tierra, ni existía prueba física alguna, a manera de título de propiedad:

“ … el hombre y la tierra formaban una unidad vital, inseparable y mágica, donde las montañas eran dioses y los truenos sus voces”. La tierra no tenía valor en dinero, tenía valor en uso.

Pese a lo anterior, en tribus indígenas de la familia lingüística Chibcha existía la propiedad privada de la tierra, dirigida por los caciques. Las familias poseían terrenos, de acuerdo con la capacidad de usarlos, los cuales heredaban a sus hijos (Corpes, 2004). La agricultura practicada por estas tribus sedentarias era principalmente de subsistencia, sembrando especies vegetales para la alimentación, medicina, rituales y fibras para la elaboración de tejidos, pero cuando se producían excedentes, incluyendo los de otras actividades como la minería, se realizaban ferias de intercambio o mercados entre los pueblos, como el caso de Zipaquirá para el trueque o comercio de sal, en Ráquira con cerámica, Muzo y Somondoco para las esmeraldas (Uricoechea, 1854). “Cultivaban el maíz, pero no logrando surcos con un arado, apero que desconocían, sino haciendo agujeros con un azadón [...], también cultivaban la papa, batata, la yuca, los frijoles, los pepinos, los tomates y las calabazas” (López, 1995).

El trabajo de las tierras se realizaba en común, según mandaba el jefe del clan o sacerdote, en el caso de la tribu Muisca, también de la familia lingüística Chibcha. La apropiación de los excedentes de producción se efectuaba mediante el cobro de un tributo o impuesto, que debía pagarse en especie y con trabajo obligatorio en los cultivos de los jefes de tribu y de los sacerdotes (Langabaek, 1985).

En este período histórico de partida, se muestran de forma general los principios de la estructura agraria precolombina, donde la tenencia de la tierra era un derecho de los indígenas, coordinado por mandos altos de las clases sociales diferenciadas, y que era heredado a las nuevas generaciones. Además del derecho a la propiedad privada de la tierra, existía la obligación de trabajar las tierras de los jefes de tribus, para así producir excedentes comercializables.

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