Impulso
institucional hacia el mercado de tierras (1988-1993)
En este período, la acción del Incora se vio
favorecida por medidas del Estado, a través de la Ley 30 de 1988, tales como la
ejecución coordinada de distintos programas con entidades públicas, la creación
de zonas específicas de reforma agraria, construcción de obras de
infraestructura vial para acceder a dichas zonas, creación del Fondo de
Capacitación y Promoción Campesina, avalúo de los predios por parte del IGAC
—para determinar su valor comercial— e incremento de los recursos económicos
del FNA (Mondragón, 2001).
En estos años se registró la mayor dinámica
de adquisición de tierras en modalidad de compra por parte del Incora; sin
embargo, este comportamiento fue atribuido a causas negativas. Según Palou
(2008), esa tendencia creciente en la adquisición de tierras se explica por los
incentivos para las transacciones a los que podían acceder los funcionarios
públicos y muchos terratenientes deseosos de vender predios improductivos. La
expropiación de terrenos baldíos disminuyó y dio paso a la compra masiva de
tierras; ambas acciones, no obstante, encaminadas a la redistribución de la
tierra. El concepto de RA cambió en esta fase y se comportó como un mecanismo
para afectar la estructura agraria, no mediante la acción de expropiación y
redistribución de terrenos baldíos, sino a través de la compra institucional de
tierras y su redistribución a los campesinos beneficiados.

No hay comentarios:
Publicar un comentario